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Boletín Diario Informativo de AMYTS del 18 de octubre de 2019

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1. Comienza el XIII Congreso Confederal de CESM

2. Nota de Araúz & Belda sobre las conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea sobre los empleados interinos/temporales españoles

3. Ofertas de empleo: Facultativo Especialista en Psicología Clínica en el Hospital La Princesa y en Neurología en el Príncipe de Asturias

4. BOCM: Adjudicación del puesto de director médico del Instituto Psiquiátrico José Germain

5. El expresidente Ignacio González exculpa a Esperanza Aguirre de contratar empresas de Púnica para financiar al PP

1. Comienza el XIII Congreso Confederal de CESM

Según lo previsto, esta mañana ha dado comienzo el XIII Congreso Confederal de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), que transcurrirá a lo largo de las jornadas de hoy y de mañana, en el Hotel Courtyard by Marriott Madrid Princesa en la calle de la Princesa nº 40. Bajo el lema “Mirando al futuro” durante este Congreso se establecerán las líneas estratégicas de CESM que marquen los próximos cuatro años, de las que os iremos informando en los próximos días.

(*) AVISO AMYTS: Con motivo de la celebración de este Congreso, la sede de AMYTS permanecerá cerrada a lo largo del día de hoy, 18 de octubre.

(*) Programa del Congreso, PINCHA AQUÍ.

Fuente: CESM, octubre 2019; AMYTS, 17-10-2019

 

2. Nota de Araúz & Belda sobre las conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea sobre los empleados interinos/temporales españoles

Araúz & Belda informa:

Que la Abogada General de la Unión Europea ha emitido sus conclusiones en el asunto de los funcionarios interinos / temporales españoles, concluyendo:

  1. La Abogada General afea las actuaciones de las autoridades administrativas y judiciales españolas, que han permitido y tolerado, con el pretexto de que la Ley permite el nombramiento de funcionarios interinos, los destinan a atender necesidades que no son provisionales, ni excepcionales, sino que son ordinarias, estables y permanentes, y añade:
  • Que los procesos de estabilización y de acceso libre no son una medida sancionadora que cumpla con la Directiva 1999/70/CE, y que estos procesos no liberan a las Administraciones públicas de sancionar los abusos producidos en la temporalidad.
  • Que la Directiva no impone la transformación de la relación temporal en una relación fija, si en el Estado miembro existen otros mecanismos sancionadores a imponer a las Administraciones empleadoras responsables del abuso para evitar la precariedad en el empleo. Si bien la Abogada General concluye que la transformación en fijos permitiría sancionar el abuso y eliminar definitivamente sus consecuencias.
  • Que para que se entienda que existe una sanción en España para luchar contra la precariedad en el empleo del Sector Público, no basta, como razona el Tribunal Supremo (TS) en su sentencia de 26 de septiembre de 2018, con que se estudie la necesidad de crear una nueva plaza, sino que esta medida debe ir acompañada:
    • De una indemnización proporcionada y completa del perjuicio sufrido al abonar a los funcionarios interino, que debe incluir, no solo las indemnizaciones previstas en el Estatuto de los Trabajadores para el personal laboral, sino también una indemnización por pérdida de oportunidades y/o por pérdida de ingresos.
    • Y estas indemnizaciones, además, deben ir acompañadas de otras medidas sancionadoras y disuasorias, sin que pueda considerarse una medida sancionadora el mantenimiento del funcionario temporal en la relación de servicio ya que será cesado cuando se incorpore a la plaza un funcionario fijo o ésta se amortice.
  • Que esto, no obstante, la Abogada General critica estas sentencias del Tribunal Supremo argumentando que, el mantenimiento de la relación de servicio temporal exigida por la jurisprudencia del Tribunal Supremo supone una perpetuación de la precariedad.
  • Que, el hecho de que el funcionario interino no haya impugnado sus nombramientos y ceses no impide que deba aplicarse la Directiva 1999/70/CE y, por lo tanto, que tenga derecho a las sanciones que procedan.

Os adjunto las conclusiones. Y os hago los siguientes comentarios:

  • A reserva de que podamos hacer un estudio más riguroso de estas conclusiones, en una primera lectura, creo que tiene datos muy positivos, ya no solo porque acaba con debates como los siguientes:
    • La no impugnación de los nombramientos y ceses no impide la aplicación de la Directiva.
    • Los funcionarios que tengan un solo nombramiento también están protegidos por la Directiva si la Administración no ha cumplido con sus obligaciones de incluir las plazas en los procesos selectivos.
    • Las autoridades administrativas y judiciales no pueden ampararse en la naturaleza temporal de los nombramientos, esto es, en que son nombramientos acordados hasta que se provee la plaza por un funcionario de carrera o fijo o se amortice, para no aplicar la correspondiente sanción que impone la Directiva Comunitaria, cuando estos empleados públicos están siendo destinados a atender necesidades que no son provisionales ni excepcionales, sino ordinarias y estructurales.
    • Los procesos de estabilización y de acceso libre no son una medida sancionadora que cumpla con la Directiva.
  • En cuanto a la fijeza, las conclusiones son contradictorias, pues se apoya en la Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de septiembre de 2018, entendiendo que con arreglo a esta sentencia sí puede decirse que en España hay medidas sancionadoras acordes con la Directiva.

Parte del principio eso sí, de que la transformación en fijos es la medida que acaba definitivamente con el problema de la precariedad en el empleo, si bien esta medida solo puede aplicarse cuando en el Estado miembro no existen otras medidas sancionadoras.

Analiza la sentencia del Tribunal Supremo, y viene a indicar que para que se considere que existe una sanción no basta con que la Administración empleadora analice si tiene una necesidad estructural sino que además tiene que ir acompañada de:

  • Una indemnización completa, que debe incluir no solamente la misma indemnización que se asigna en el Estatuto de los Trabajadores a los trabajadores privados, sino también otra indemnización por pérdida de oportunidades y por pérdida de ingresos, indemnizaciones que no existen en España.
  • Otras medidas efectivas y disuasorias que impidan que la Administración siga abusando de la temporalidad, medidas que no existen en nuestro país.
  • Sin embargo, dando un paso para atrás, la Sentencia sostiene que esta medida sancionadora y disuasoria adicional no puede consistir en el cese del funcionario interino, mediante la amortización de la plaza o la provisión de la misma por un funcionario de carrera o fijo a través de un proceso selectivo.

Pero es que, además, creo que la Abogada General yerra, porque:

  • El TJUE ya ha dicho que las indemnizaciones por despido del Estatuto de los Trabajadores, que son la únicas indemnizaciones previstas en nuestro país, no son una medida que cumpla con los objetivos de la Directiva (sentencia TJUE de 21 de noviembre de 2018)..
  • En España no existe ningún mecanismo sancionador adicional a estas indemnizaciones, como ocurría en Italia, donde se multaba a las autoridades responsables de los abusos con la pérdida de complementos retributivos y la obligación de restituir al Tesoro Público la indemnización abanada al trabajador, y a la Administración empleadora la prohibición de contratar durante 3 años (sentencia TJUE de 7 marzo de 2018).

Por eso creo que las conclusiones de la Abogada de la Unión no se compadecen con la última doctrina dictada por el TJUE.

Debemos esperar a que se haga pública la sentencia, la cual prevemos que se dará a conocer a finales de año o principios de 2020.

En todo caso, lo que viene a concluir la Abogada General es que, en el supuesto de que no haya sanción en España, porque no existan indemnizaciones -que no existen-, o estas eventuales indemnizaciones no vayan acompañadas de otras medidas efectivas o disuasorias adicionales, la única solución que cumple acorde con la Directiva es la fijeza -que es lo que estamos defendiendo nosotros.

El informe, en su apartado 85, abre la puerta a los procesos restringidos de consolidación, como mecanismos para obtener dicha fijeza, procesos en los que solo podrán participar los empleados temporales objeto de un abuso, porque, como dice el informe de la Abogada General, ni el proceso de estabilización ni las oposiciones de acceso libre son medidas sancionadoras acordes con la Directiva 1999/70/CE.

Por último, simplemente recordaros que el Parlamento Europeo y la Comisión Europea, que junto al TJUE son las tres instituciones de la UE, ya se han pronunciado a favor de la fijeza como única solución para acabar con la precariedad en el empleo en el Sector Público español, y dar así cumplimiento a la Directiva comunitaria.

Fuente: AMYTS, 17-10-2019

 

3. Ofertas de empleo: Facultativo Especialista en Psicología Clínica en el Hospital La Princesa y en Neurología en el Príncipe de Asturias

17 de octubre de 2019:

Convocada plaza de Facultativo Especialista en Psicología Clínica Hospital La Princesa

CONVOCATORIA FEA PSICOLOGO CLINICO

16 de octubre de 2019:

Convocatoria de Facultativo Especialista en Neurología Hospital Príncipe de Asturias:

CONVOCATORIA FEA NEUROLOGÍA 16.10.19

Fuente: AMYTS, 17-10-2019

 

4. BOCM: Adjudicación del puesto de director médico del Instituto Psiquiátrico José Germain

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) nº247, de 17 de octubre, publica la siguiente resolución:

– Resolución de 7 de octubre de 2019, de la Directora General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se adjudica el puesto de Director/a Médico del Instituto Psiquiátrico “José Germain”, PINCHA AQUÍ.

Fuente: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM) nº 247, 17-10-2019

 

5. El expresidente Ignacio González exculpa a Esperanza Aguirre de contratar empresas de Púnica para financiar al PP

Ignacio González, expresidente de la Comunidad de Madrid, ha declado esta mañana ante el juez que instruye el ‘caso Púnica’ que no recuerda que la también expresidenta, Esperanza Aguirre, le indicara nada al respecto de las contrataciones de las empresas investigadas por la trama de corrupción y empleadas presuntamente para el desvío de fondos públicos del PP madrileño. Así lo han manifestado fuentes jurídicas a Europa Press, asegurando que el exdirigente ‘popular’ en su declaración -que se ha extendido durante dos horas y en la que González ha respondido a todas las preguntas que le han dirigido las fiscales anticorrupción y su defensa- ha explicado que la reunión de principios de 2004 en la que, según el instructor, Aguirre convocó a sus consejeros de máxima confianza para dar instrucciones de que contrataran al empresario Horacio Mercado para publicidad, efectivamente se produjo. Sin embargo, el exmandatario ha remarcado que la entonces presidenta no dio esa indicación.
Según apunta MADRIDIARIO, la versión de González se contradice con la ofrecida el pasado lunes por el exconsejero de Sanidad Manuel Lamela, uno de los hombres de confianza de Aguirre que estuvo en la citada reunión. Lamela dijo en su declaración al juez de la Audiencia Nacional, también en calidad de imputado, que la presidenta invitó a contratar a Mercado y a su empresa Over Marketing.
Precisamente, el departamento de Lamela ha salido a colación cuando las fiscales han preguntado a González por la cláusula del 1 por ciento que se imponía en Madrid a las grandes adjudicatarias y que éstas debían dedicar a publicidad contratada con las empresas de la Púnica. El ex vicepresidente ha señalado que sabía de la existencia de esa práctica en la Consejería de Sanidad, en ninguna otra.
En este sentido, ha defendido que si bien todos los contratos de publicidad de las consejerías pasaban por su mesa, a él le llegaban los expedientes ya enteros y no entraba en el pormenor. Se limitaba a velar por que los mensajes que se lanzaban fuesen congruentes con la estrategia de comunicación del gobierno regional, tarea que a su juicio justifica que la entonces directora General de Medios, Isabel Gallego, se involucrase en este asunto.

Esperanza Aguirre comparece hoy ante el juez
Después de seis años de instrucción y tras haber escuchado a sesenta testigos e imputados en el último mes y medio, el juez del caso Púnica y las fiscales del caso interrogarán este viernes a Esperanza Aguirre.

Fuente: EUROPA PRESS, 17-10-2019; MADRIDIARIO, 17-10-2019; EL DIARIO.ES, 17-10-2019; MADRID ACTUAL, 17-10-2019; EL MUNDO, 17-10-2019: LA VANGUARDIA, 17-10-2019

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