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Boletín Diario Informativo de AMYTS del 16 de septiembre de 2021

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1. AMYTS arranca las reuniones con los partidos de la Asamblea de Madrid: este jueves con el PP

2. AMYTS en los medios: eco de nuestro SOS al Congreso de los Diputados por la grave crisis de la Atención Primaria

3. DOCUMENTO CESM: todo lo que el médico debe saber sobre cómo y cuándo jubilarse

4. La Comunidad de Madrid reestructura la Consejería de Sanidad con dos nuevas direcciones

5. Datos del Covid: Sanidad suma 3.723 positivos y 54 fallecidos; Madrid registra 474 casos y 6 fallecidos en las últimas 24 h

1. AMYTS arranca las reuniones con los partidos de la Asamblea de Madrid: este jueves con el PP

En AMYTS, sindicato mayoritario entre los médicos madrileños, arrancamos este jueves nuestra ronda de reuniones con los partidos con representación en la Asamblea de Madrid. A mediodía, en la propia sede parlamentaria, tendrá lugar el primer encuentro con el Partido Popular. Concretamente con Eduardo Raboso, portavoz sanitario de la formación que gobierna en la región.

Tal y como comentamos hace unos días, hemos solicitado estas reuniones a todos los partidos en un contexto cercano a la elaboración de Presupuestos y en el que la sanidad en la Comunidad de Madrid y la profesión médica afrontan numerosos retos y conviven con varios problemas a abordar. La sanidad madrileña no puede esperar más.

En AMYTS ya tenemos cerradas reuniones para la próxima semana tanto con el PSOE como con Más Madrid. Asimismo, para la siguiente semana -la última de septiembre- nos reuniremos con Vox. Aún estamos pendientes de respuesta por parte de Unidas Podemos.

Hay varios asuntos urgentes por abordar y desde el sindicato queremos que los diputados los escuchen, así como todas nuestras propuestas y soluciones.

Fuente: AMYTS

 

2. AMYTS en los medios: eco de nuestro SOS al Congreso de los Diputados por la grave crisis de la Atención Primaria

En el día de ayer trasladamos, por medio de una carta, al Congreso de los Diputados un mensaje muy concreto: la Atención Primaria en España y en Madrid se muere y los diputados no pueden quedarse de brazos cruzados. Nosotros no lo hacemos. Un SOS que varios medios de comunicación han recogido:

CADENA COPE (Agencia EFE): Médicos piden al Congreso de Diputados apoyo urgente a la Atención Primaria

El sindicato de médicos Amyts ha enviado una petición de «urgente intervención del Congreso de los Diputados» para dar soluciones a la «gravísima situación» de la Atención Primaria en Madrid y en España, y critica que el Gobierno nacional haya destinado «cero euros» de los fondos europeos a este nivel asistencial.

«Hemos lanzado un SOS al Congreso de los Diputados», como responsables y máxima autoridad legislativa de España para «la puesta en marcha de soluciones urgentes» a los problemas de la Atención Primaria en «todo el territorio nacional y la Comunidad de Madrid no es la excepción», indica en un comunicado el sindicato mayoritario entre los médicos madrileños.

«Infinita burocracia, agendas interminables, déficit flagrante de médicos de Familia y pediatras, sobrecarga que machaca a los facultativos empujándoles a huir» de este nivel asistencial y a los residentes a «buscar suerte en otra región distinta a la madrileña».

En la carta enviada al Congreso, el sector de Atención Primaria de Amyts comunica «la imposibilidad de asumir y garantizar el cumplimiento de la cartera de servicios que ofrece la Atención Primaria, con el actual déficit de facultativos».

El déficit de médicos de Familia y pediatras asciende a 1.500 en Madrid y «crecerá en los próximos años con las jubilaciones que se avecinan», problema que también afecta a varias regiones, añade Amyts.

Se trata de «una llamada de atención a la Cámara baja como recurso desesperado por la situación de abandono que vivimos en Atención Primaria» y que repercute directamente en la población, de la que los médicos «somos garantes de salud», continúa la misiva.

«Solicitamos su ayuda urgente para la Atención Primaria de España que, dada la situación actual de la misma, somos conscientes que estamos presenciando el fin de este nivel asistencial crucial y base del sistema sanitario, según Amyts.

EL BOLETÍN: Los médicos madrileños lanzan un SOS al Congreso de los Diputados por la Atención Primaria

El sindicato médico AMYTS pide al Congreso de los Diputados que intervenga para dar soluciones a la “gravísima situación” que vive la Atención Primaria. En todo el territorio nacional, pero sobre todo en Madrid, donde denuncian una infinita burocracia, agendas interminables, déficit fragrante de médicos de familia y pediatras, sobrecarga que machaca a los facultativos empujándoles a huir o a residentes que deciden buscar suerte en otra región distinta a la madrileña.

AMYTS, a través de una carta, ha reclamado a los diputados que pongan el foco en la Atención Primaria. “Queremos comunicarles la imposibilidad de asumir y garantizar el cumplimiento de la Cartera de Servicios que ofrece la Atención Primaria, con el actual déficit de facultativos“, se puede leer en la misiva.

Un déficit de médicos de Familia y pediatras que en Madrid -ámbito de actuación del sindicato- asciende a 1.500 y que crecerá en los próximos años con las jubilaciones que se avecinan. Por ello, se ha solicitado la “intervención” del Congreso de los Diputados “como responsables y máxima autoridad legislativa de España, para la puesta en marcha de soluciones urgentes“.

Una llamada de atención a la Cámara baja “como recurso desesperado por la situación de abandono que vivimos en Atención Primaria y que repercute directamente en la población”. “Como nuestros representantes que Vds son, preocupados e involucrados en el bienestar de todos los españoles de los que nosotros somos garantes de salud, solicitamos su ayuda urgente para la Atención Primaria de España que, dada la situación actual de la misma, somos conscientes que estamos presenciando el fin de este nivel asistencial crucial y base del sistema sanitario”, añade el sindicato mayoritario entre los médicos madrileños.

“La crisis de la Atención Primaria es mayúscula y ninguna Administración parece trabajar en atajarla. Así hemos podido verlo también en el Gobierno central. En AMYTS hemos podido comprobar que, a través del informe “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”, el Ejecutivo nacional ha destinado a la Atención Primaria un total de cero euros. El proyecto cuenta con un presupuesto de 1.069.000.000 euros”. Denuncian.

La situación es crítica y lo hemos trasladado a los diputados con una frase muy contundente y concreta: “Compañeros abatidos, enfermos, frustrados y desilusionados están abandonando este nivel asistencial hacia las comunidades que todavía tienen mejores condiciones, hacia otros países y hacia otros niveles asistenciales, donde sí ejercen su vocación. En algunos casos, la desesperación es tan grande que incluso deciden abandonar la profesión de Médicos de Atención Primaria”.

RTVE: El sindicato de médicos Amyts ha enviado una petición de «urgente intervención del Congreso de los Diputados» para dar soluciones a la «gravísima situación» de la Atención Primaria en Madrid y en España, y critica que el Gobierno nacional haya destinado «cero euros» de los fondos europeos a este nivel asistencial. «Hemos lanzado un SOS al Congreso de los Diputados», como responsables y máxima autoridad legislativa de España para «la puesta en marcha de soluciones urgentes» a los problemas de la Atención Primaria en «todo el territorio nacional y la Comunidad de Madrid no es la excepción», ha indicado en un comunicado el sindicato mayoritario entre los médicos madrileños.

ACTA SANITARIA: Amyts pide la intervención urgente del Congreso para solucionar la situación de la Atención Primaria

El sindicato médico madrileño Amyts ha pedido “la urgente intervención del Congreso de los Diputados” para dar soluciones al “problema de la Atención Primaria”, que “golpea por todo el territorio nacional”, causado por “la infinita burocracia, agendas interminables, déficit fragrante de médicos de Familia y pediatras, sobrecarga que machaca a los facultativos empujándoles a huir o a residentes que deciden buscar suerte en otra región distinta”, según detalla la organización.

El Sector de Atención Primaria de Amyts, a través de una carta, reclama a los diputados “que pongan el foco en la Atención Primaria”. “Queremos comunicarles la imposibilidad de asumir y garantizar el cumplimiento de la Cartera de Servicios que ofrece la Atención Primaria, con el actual déficit de facultativos“, se puede leer en la misiva. En el caso de Madrid, el déficit de médicos de Familia y pediatras “asciende a 1.500 y crecerá en los próximos años con las jubilaciones que se avecinan”, asegura el sindicato.

Una llamada de atención a la Cámara baja “como recurso desesperado por la situación de abandono que vivimos en Atención Primaria y que repercute directamente en la población”, recoge el escrito. “Como nuestros representantes que son, preocupados e involucrados en el bienestar de todos los españoles de los que nosotros somos garantes de salud, solicitamos su ayuda urgente para la Atención Primaria de España que, dada la situación actual de la misma, somos conscientes que estamos presenciando el fin de este nivel asistencial crucial y base del sistema sanitario”, añade.

 

3. DOCUMENTO CESM: todo lo que el médico debe saber sobre cómo y cuándo jubilarse

ANÁLISIS DE CESM SOBRE TODOS LOS FACTORES QUE SE DEBEN TENER EN CUENTA ANTE ESTA DECISIÓN

Para la mayoría de médicos la jubilación supone una merma importante de retribuciones. Esto es así porque la base de cotización suele ser inferior a su salario, sobre todo cuando además de la jornada ordinaria tiene atención continuada o guardias.

La base de cotización es el salario global mensual de un trabajador dado de alta por nómina (en bruto), incluidas las horas extra, las pagas extra prorrateadas y las vacaciones retribuidas y no disfrutadas si las hubiera. Es decir, incluye realmente todos los conceptos de la nómina.

Pero existe un tope en la cotización, que es la cotización máxima, que en España actualmente es de 4.070,10 euros. Es decir, a partir de esa cantidad ya no cotizamos, aunque en nuestra nómina la cantidad bruta sea mayor, y al no cotizar a partir de esa cantidad tampoco generamos más derechos en cuanto a cuantía de la jubilación; sólo generamos los derechos de, como máximo, los 4.070,10 euros, que equivale a una pensión de 2.707,49 euros brutos mensuales con 14 pagas.

Esta situación produce que los conceptos de atención continuada -las guardias-, en el caso de los MIR que no llegan al límite máximo de cotización sí entran dentro de la base de cotización. Sin embargo en los adjuntos, que superan el límite de cotización, las guardias no computan de cara a la jubilación.

¿Qué supone el tope en la base de cotización máxima?

Para los trabajadores que superan la cotización máxima, supone pérdidas retributivas importantes: la diferencia entre el salario del médico activo y su pensión presenta una disminución importante que oscila entre el 30 y el 50%, siendo lógicamente mayor para los que hacen guardias. Sin embargo, los trabajadores con bases de cotización por debajo de la máxima, las pérdidas son pequeñas o inexistentes.

¿Entonces la solución es quitar el tope máximo a la base de cotización para que las guardias nos computen?

El llamado destope -o quitar el tope máximo a la base de cotización- no es algo que en el hipotético caso de que cambiara la legislación para que se produjera afectaría a un solo sector o profesión, sino que debería de afectar a todos los trabajadores del país y no implica que hubiera igualmente un destope en la cuantía de la pensión, sino que nos podríamos encontrar con que desapareciera el tope en la base de cotización pero no el tope en la cuantía de la jubilación, y que por tanto no generáramos más derechos, aunque sí cotizáramos más para tener la misma pensión. Igualmente, el destope en la cuantía de la pensión no se puede aplicar a un solo sector o profesión, y teniendo en cuenta que se están aplicando factores correctores que persiguen en el fondo bajar la cuantía de las pensiones, es difícil que un día se aplique un destope de la cuantía de la pensión máxima.

¿Cómo se calcula la cuantía de la pensión?

Hasta el 2012 se tenían en cuenta los últimos 15 años cotizados, pero los años de cotización que se tienen en cuenta se han ido incrementando y alcanzarán los 25 años en 2022. Es decir, se suman las bases de cotización de los últimos 25 años, teniendo en cuenta que los últimos 2 años se aplicará su valor nominal, y que en los anteriores se actualizará según el índice de Precios al Consumo. Es decir, para obtener la base reguladora se suman las 300 últimas cotizaciones y la suma se divide entre 350. Esta situación lógicamente no nos favorece, ya que cuantos más años se tengan en cuenta -como habitualmente los salarios se han ido incrementando- lo habitual es que disminuya la cuantía de la pensión.

¿Podemos pedir una jubilación anticipada?

Sí, aunque la edad de jubilación anticipada se va retrasando año a año, al igual que lo hace la edad de jubilación. En 2021 los requisitos para ello son los siguientes:

  • Jubilación voluntaria:
  1. 35 años cotizados
  2. 64 años cumplidos
  3. El importe de la cuantía de la pensión debe de ser superior al mínimo que le correspondiera por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años
  4. Del periodo de cotización al menos 2 años deben de estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho
  5. Se aplica además un coeficiente reductor que depende del número de trimestres que anticipemos la jubilación y de los años cotizados

Coeficiente reductor                      Cotización                    Reducción en las pensiones por año de anticipación

2% por trimestre         < de 38 a. y 6 m. cotizados                                          8%

1,875% por trimestre > de 38 a. y 6 m. y < de 41 a.  y 6 m. cotizados           7,5%

1,750% por trimestre > de 41 a. y 6 m. y < de 44 a. y 6 m. cotizados           7%

1,625% por trimestre > de 44 a. y 6 m. cotizados                                         6,5%

  • Jubilación forzosa

En este caso no es el trabajador el que lo decide por voluntad propia, sino que se ha producido un despido individual o colectivo. Aquí los requisitos cambian y los factores correctores también, siendo la edad mínima 4 años previos a la edad de jubilación como máximo.

¿Cuándo tengo derecho a una jubilación ordinaria con el 100% de la cuantía?

Los requisitos se basan en la edad y el tiempo cotizado:

AÑO            COTIZACION                                     EDAD DE JUBILACIÓN

2021              37 años y 3 meses o más                         65 años

< de 37 años y 3 meses                             66 años

2022           37 años y 6 meses o más                          65 años

<de 37 años y 6 meses                               66 años y 2 meses

2023          37 años y 9 meses o más                           65 años

<de 37 años y 9 meses                               66 años y 4 meses

2024           38 o más años                                            65 años

<de 38 años                                                 66 años y 6 meses

2025         38 años y 3 meses o más                            65 años

< de 38 años y 3 meses                                66 años y 8 meses

2026          38 años y 3 meses o más                           65 años

< de 38 años y 3 meses                                66 años y 10 meses

2027        38 años y 6 meses o más                            65 años

< de 38 años y 6 meses                               67 años

¿Cómo afecta a las jubilaciones anticipadas la última modificación de las pensiones?

El Proyecto de Ley de Garantías de las Pensiones que se aprobó el 24 de agosto por el Consejo de Ministros y que se ha enviado al Congreso, supone una modificación de Ley General de la Seguridad Social. Esta modificación supone un recorte importante para los trabajadores con las cotizaciones más altas, entre los que se incluyen los médicos, ya que los coeficientes correctores pasan a aplicarse sobre la cuantía de la pensión y no sobre base reguladora como ocurría hasta ahora. Los coeficientes reductores que se aplican en el caso de jubilación anticipada lo harán mes a mes y no al trimestre, y se aplicarán de forma gradual en los próximos 10 años a partir de 2024. El mayor castigo lo sufriría el que se jubila a los 63 años con menos de 36 años y 6 meses cotizados, ya que pasaría del 16% de penalización actual al 21%.

¿Y si prolongamos la edad de jubilación?

Los incentivos no pueden sobrepasar la pensión máxima, a no ser que la base reguladora supere a la pensión máxima como ocurre con los médicos. En ese caso los incentivos serán de:

  • Un 2% por cada año adicional de cotización, si se acredita haber cotizado en total 25 años o menos en el momento de la jubilación efectiva.
  • Un 2,75% teniendo cotizados entre 26 y 37 años.
  • Y un 4% con una carrera de cotización mayor a 37 años.

Con las modificaciones actuales el Gobierno plantea dos maneras de cobrar estos incentivos; una de forma mensual como hasta ahora y una segunda en forma de pago único que oscilará entre 5.000 y 12.000 euros en función de la base de cotización y de los años cotizados. La cantidad máxima se alcanzará en caso de cotización máxima y 44 años cotizados. Esta cantidad a priori sería la percibida en menos de 8 años aproximadamente en caso de optar por el pago mensual, y además supondría una importante subida de la retención de hacienda del año en que es abonado, por lo que no parece ser la mejor opción.

¿Y qué ocurre con las clases pasivas?

El personal que incluye las clases pasivas son funcionarios, entre los que se encuentran los médicos APD. En su caso los funcionarios con nombramiento anterior al 1 de enero de 2011 pertenecientes al Régimen de Clases Pasivas podrán seguir jubilándose a los 60 años sin penalización, siempre que tengan 30 años de servicios al Estado (RDL 670/1987). En esto la reforma de las pensiones no les afecta. Sí que se verán beneficiados de los incentivos para retrasar la edad de jubilación que presenta la reforma de las pensiones del 2021.

¿Qué podemos hacer por tanto para mejorar esta situación?

Declaración de Medicina como Profesión de Riesgo:

Profesión de Riesgo: Son aquellas profesiones en las que, al realizar su labor, los trabajadores ponen en peligro su vida o su integridad física, como los bomberos, policías y demás fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, mineros, pilotos o personal de vuelo, toreros, boxeadores, etc.

La declaración de Profesión de Riesgo supone que puedas adelantar la edad de jubilación sin que suponga una penalización, al igual que ocurre en las profesiones mencionadas. Se han iniciado los trámites para ello, trámites que son complejos, puesto que acogiéndonos al RD 171/2004 la disposición adicional undécima dice así:

“Actividades peligrosas a efectos de coordinación de actividades empresariales. A efectos de lo previsto en el artículo 13.1.a) del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, se consideran actividades o procesos peligrosos o con riesgos especiales los incluidos en el Anexo I del presente real decreto”.

En el Anexo I en el apartado D dice:

“d) Trabajos con exposición a agentes biológicos de los grupos 3 y 4, según la Directiva 90/679/CEE y sus modificaciones, sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados a agentes biológicos durante el trabajo”.

La Directiva Europea 90/679/CCE nos dice que los agentes biológicos con riesgo 3 y 4 son los siguientes:

“3) agente biológico del grupo 3: un agente patógeno que pueda causar una enfermedad grave en el hombre y presente un serio peligro para los trabajadores; existe el riesgo de que se propague en la colectividad, pero existen generalmente una profilaxis o tratamiento eficaces.

4) agente biológico del grupo 4: un agente patógeno que cause una enfermedad grave en el hombre y suponga un serio peligro para los trabajadores; existen muchas probabilidades de que se propague en la colectividad; no existen generalmente una profilaxis o un tratamiento eficaces”.

Son numerosos los agentes biológicos -bacterias, virus, parásitos…- con los que los médicos tenemos contacto en nuestro ejercicio profesional. El más reciente de ellos es el SARS-COV2, que ha sido clasificado como riesgo 3, aunque la Organización Médico Colegial ha pedido que sea clasificado como riesgo 4 que es al que correspondería según la definición que hemos visto.

Es por ello que como profesión de riesgo deberíamos tener derecho a una jubilación anticipada sin penalizaciones.

El Real Decreto 1698/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación, nos dice los trámites que debemos de seguir para ello.

Y así el Artículo 2 apartado A nos dice:

Artículo 2. Supuestos en los que procede el establecimiento de los coeficientes reductores o la anticipación de la edad de acceso a la jubilación en el sistema de la Seguridad Social

  1. Actividades laborales en las escalas, categorías o especialidades cuyo ejercicio implique el sometimiento a un excepcional índice de penosidad, peligrosidad, insalubridad o toxicidad y en las que se hayan comprobado unos elevados índices de morbilidad o mortalidad o la incidencia de enfermedades profesionales; además, se tendrán en cuenta la morbilidad y mortalidad por enfermedad y su relación directa con el trabajo, y la incapacidad permanente derivada de enfermedad en los términos indicados en el artículo 115.2.e) de la Ley General de la Seguridad Social, que se produzcan en grado superior a la media”.

Y para poder acceder a esta declaración de Profesión de Riesgo nos pide un estudio preceptivo con los indicadores siguientes:

  • Siniestralidad en el sector, distinguiendo entre índice de accidentes de trabajo e índice de enfermedades profesionales.
  • Morbilidad y mortalidad por enfermedad y su relación directa con el trabajo, y la incapacidad permanente derivada de enfermedad en los términos indicados en el artículo 115.2.e) de la Ley General de la Seguridad Social, que se produzcan en grado superior a la media.
  • Condiciones de trabajo, en las que se tendrá en cuenta a estos efectos la peligrosidad, insalubridad y toxicidad, la turnicidad, el trabajo nocturno y el sometimiento a ritmos de producción.
  • Relación con la edad del trabajador y el tiempo de exposición al riesgo.
  • Requerimientos físicos y/o psíquicos exigidos para el desarrollo de la actividad.
  • Edad aproximada a partir de la cual no es aconsejable el ingreso en el sector o colectivo, o desde la que no puede razonablemente desarrollarse la actividad.
  • Dicho estudio contendrá, asimismo, las posibilidades de modificación de las condiciones de trabajo en el sector o actividad, en base al informe emitido al efecto por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  • De igual modo, se tendrá en cuenta también la variable de género.

Como vemos, los registros para poder acceder a lo que pretendemos son fundamentales -registros de siniestralidad, mortalidad, morbilidad, y también que el contagio del SARS-COV2 sea declarado como enfermedad profesional. Actualmente todos conocemos que los registros que tenemos son bastante incompletos, incluso los de SARS-COV2 .

Trabajo Nocturno

Según el artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores:

“A los efectos de lo dispuesto en esta ley, se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana […] Para la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior, se considerará trabajador nocturno a aquel que realice normalmente en periodo nocturno una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo, así como a aquel que se prevea que puede realizar en tal periodo una parte no inferior a un tercio de su jornada de trabajo anual”.

Según el Estatuto Marco artículo 46.f:

“f) Período nocturno: el período nocturno se definirá en las normas, pactos o acuerdos que sean aplicables a cada centro sanitario. Tendrá una duración mínima de siete horas e incluirá necesariamente el período comprendido entre las cero y las cinco horas de cada día natural. En ausencia de tal definición, se considerará período nocturno el comprendido entre las 23 horas y las seis horas del día siguiente”.

Además, como trabajadores nocturnos consideramos que también deberíamos tener derecho a una jubilación Anticipada sin penalizaciones. Según el RD 1698/2011, en su artículo 2b dice:

“b) Actividades laborales en las escalas, categorías o especialidades cuya realización, en función de los requerimientos físicos o psíquicos exigidos para su desempeño, resulten de excepcional penosidad y experimenten un incremento notable del índice de siniestralidad a partir de una determinada edad, conformado por el índice de accidentes de trabajo y/o el índice de enfermedades profesionales; además, se tendrán en cuenta la morbilidad y mortalidad por enfermedad y su relación directa con el trabajo, y la incapacidad permanente derivada de enfermedad en los términos indicados en el artículo 115.2.e) de la Ley General de la Seguridad Social, que se produzcan en grado superior a la media”.

Y consideramos que los requerimientos psicofísicos exigidos en el desarrollo de la actividad del facultativo sanitario nocturno no pueden realizarse a partir de cierta edad, cumpliéndose de esta forma lo requerido en el artículo anterior.

La exigencia de horarios excesivamente largos, incluyendo la nocturnidad en ambientes estresantes y con sobrecargas de trabajo tanto físicas como psíquicas, conlleva que aumente el riesgo de enfermedad en el trabajador: depresión, ansiedad, trastornos del sueño, gastrointestinales, fatiga crónica, alteraciones en hábitos alimenticios, dificultad de conciliar la vida familiar, absentismo, etc. Así la OMS calcula que los trabajadores nocturnos tienen un 40% más de posibilidades de padecer trastornos neuropsicológicos, digestivos y cardiovasculares. Los más vulnerables lógicamente son los de edad más avanzada.

Además, la somnolencia diurna que conlleva aumenta el riesgo de errores y negligencias.

Por todo ello hemos planteado una propuesta de jubilación anticipada para todos los médicos para que sea considerada la Medicina como Profesión de Riesgo, y que recoge el riesgo de enfermar para los médicos que realizan un trabajo nocturno.

Fuente: CESM

 

4. La Comunidad de Madrid reestructura la Consejería de Sanidad con dos nuevas direcciones

La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid reforma su estructura para garantizar la eficacia en la gestión sanitaria de la región con la creación y sustitución de dos nuevas direcciones generales. En primer lugar, se suprime la Dirección General de Proceso Integrado para instaurar la de Asistencia Sanitaria y Aseguramiento, la cual estará dirigida por Jesús Vázquez Castro.

Asimismo, este miércoles el consejero Enrique Ruiz Escudero en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno ha anunciado la sustitución de la actual Dirección General de Infraestructuras por una de Hospitales e Infraestructuras Sanitarias. Al frente se ha confiado en uno de los hombres fuertes de la sanidad madrileña, Fernando Prados Roa, quien también es el director gerente del Hospital Enfermera Isabel Zendal.

Ambas direcciones estarán “estrechamente coordinadas” por el actual viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid, Antonio Zapatero, “para garantizar el funcionamiento de un sistema de calidad”. El objetivo del departamento, una vez va remitiendo la virulencia de la pandemia del Covid-19, es potenciar el papel de la Atención Primaria como elemento central y gestor de derivaciones a los centros hospitalarios.

Entre los cambios anunciados en Consejo de Gobierno hay otro que afecta a la estructura de la Consejería de Sanidad, ya que María Belén Anaut Escudero, desde septiembre de 2017 subdirectora de Ordenación, Planificación y Régimen Económico del Servicio Madrileño de Salud (Sermas), pasa a ser directora general de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

Fuente: Redacción Médica

 

5. Datos del Covid: Sanidad suma 3.723 positivos y 54 fallecidos; Madrid registra 474 casos y 6 fallecidos en las últimas 24 h

El Ministerio de Sanidad ha registrado este miércoles 3.723 nuevos casos de coronavirus, de los 1.762 que han sido diagnosticados en las últimas 24 horas, frente a los 1.715 registrados el martes, lo que eleva a 4.922.249 la cifra total de personas contagiadas de Covid-19 desde el inicio de la pandemia.

Respecto a la incidencia media actual de contagios en España en los últimos 14 días, el informe muestra que sigue reduciéndose, situándose en los 101,55 casos por cada 100.000 habitantes, en comparación con los 109,38 notificados el martes por el departamento dirigido por Carolina Darias.

En cuanto a los fallecidos por Covid-19, se han notificado 54 más, de los cuales 251 se han registrado en la última semana. Esto hace que la cifra global de muertos por coronavirus en España se eleve a las 85.638 personas.

Por su parte, la Comunidad de Madrid ha notificado 606 casos nuevos de Covid-19, de los que 474 corresponden a las últimas 24 horas, y seis fallecidos en hospitales, según el informe de la situación epidemiológica de este miércoles, con datos a cierre del día anterior.

El número de hospitalizados se sitúa en 615 (42 menos que el día anterior) y 254 en la UCI, mientras que 75 pacientes han recibido el alta. Además, el número de personas en seguimiento domiciliario por Atención Primaria es de 905.

En la Comunidad de Madrid la incidencia acumulada a 14 días continúa en ligero descenso hasta llegar a los 113,17 casos por cada 100.000 habitantes, aunque por encima de la media nacional de 101,55.

Fuentes: Europa Press

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